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Todo lo que debes saber sobre las recomendaciones aplicadas en Girona y Salt
A fecha 16 de septiembre se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC) la RESOLUCIÓN SLT / 2230/2020, por la que se establecen una serie de recomendaciones y obligaciones aplicables a las poblaciones de Girona y Salt.
Para facilitar el entendimiento de las medidas, los resaltamos en negrita si se trata de una recomendación o de una obligación.
Desplazamientos
Se recomienda quedarse en casa y limitar los desplazamientos. Se establece una serie de causas por las que se encontrará justificado este desplazamiento.
- Asistir al puesto de trabajo
- Recibir asistencia médica
- Asistir a los centros académicos
- Apoyar y ayuda a personas con dependencia.
- Asistir a entidades financieras y de seguros.
- Acceder a comercios, con cita previa o aviso.
- Actividades culturales, de ocio y deportivas con personas del grupo de convivencia habitual.
- Realizar actividades ante órganos públicos (ayuntamientos, hacienda, seguridad social ...), judiciales o notariales.
- Renovar permisos, documentación oficial y otros trámites administrativos.
- Mudanzas domésticas o profesionales.
- Atender huertos familiares de autoconsumo
- Hacer exámenes o pruebas inaplazables
- Fuerza mayor o situación de necesidad.
La norma general es la de limitar, en lo posible el contacto con personas que no integren el grupo de convivencia habitual. Buscar la estabilidad con los grupos de convivencia.
Medidas de prevención e higiene en centros de trabajo
Los titulares de centros de trabajo, son responsables de adoptar:
- Adoptar medidas de limpieza y desinfección adecuadas, ventilar los espacios, poner a disposición de los trabajadores agua, jabón y geles hidroalcohólicos.
- Garantizar el mantenimiento de la distancia de seguridad y, si no es posible, brindar equipos de protección adecuados.
- Obligatoriedad del uso de la mascarilla en el lugar de trabajo (más información sobre el uso de la mascarilla).
- Adoptar medidas para evitar la coincidencia masiva de personas (trabajadores, clientes o usuarios)
- Potenciar el uso del teletrabajo.
Disposiciones para empresas de servicios y comercio minorista
evitar aglomeraciones. Se entiende que no habrá una aglomeración si hay una distancia de 1'5m entre personas (o 2'5m² por persona).
Actos religiosos
Obligación: limitarel aforo a un 33% de lo habitual. (Bodas, celebraciones y ceremonias fúnebres entre otros)
Reuniones y encuentros familiares (o de carácter social)
Obligación: No se permite consumir alimentos ni bebidas a las reuniones de hasta diez personas en espacios públicos.
Uso de transporte público
Recomendación: Facilitar los trabajadores la flexibilidad horaria necesaria para evitar que tengan que utilizar transporte público en hora punta.
Actividades culturales, espectáculos públicos, recreativas y deportivas
Se permiten espectáculos en teatros, carpetas de circo o similares, con reducción del 50% de la capacidad (obligación) y se cumplan las indicaciones establecidas en los planes sectoriales del PROCICAT.
Las mismas condiciones para la realización de actividades lúdicas, recreativas y la apertura al público de equipamientos deportivos, como piscinas descubiertas, parques de atracciones y parques infantiles, actividades deportivas, como gimnasios e instalaciones deportivas.
Actividades de hostelería y restauración
Obligaciones:El consumo se debe realizar siempre en la mesa. El aforo tanto en el interior como en las terrazas, se limitará al 50% de lo que se haya autorizado.
Máximo 10 personas por mesa o agrupación de tablas. Distancia mínima de 1'5m.
Horario: Cierre las 01:00 sin que se puedan admitir nuevos clientes a partir de las 00:00.
Hoteles: Limitar el aforo de los espacios comunes al 50% del aforo autorizado.
Establecer en lugares visibles, los carteles indicativos del aforo autorizado
Utilizar preferentemente el servicio a domicilio (recomendación).
En cuanto a las actividades docentes (universitarias), las actividades de ocio infantil y juvenil (incluidas las extraescolares) y las actividades de intervención socioeducativa (incluidos centros abiertos), deberán regirse por los planes sectoriales aprobados por PROCICAT.
Por último, con respecto a la duración de las medidas y recomendaciones adoptadas, será de 15 días.
Pueden encontrar más información sobre los planes adoptados por PROCICAT los que se ha hecho referencia aquí.
Desde Economía Sensible les informamos que si tienen alguna duda en relación a la aplicación o el alcance de estas medidas o cualquier otra cuestión relacionada con materia fiscal, laboral, contable, protección de datos o dudas en el emprendimiento de la su actividad, pueden contactar con nosotros en los canales habituales y uno de nuestros especialistas se pondrá en contacta con usted.