SUBVENCIÓN JÓVENES AUTÓNOMOS 2024

17/05/2024

¿Quién puede solicitarla?

Este año la subvención tiene un importe fijo de hasta 15.876,00 euros para cada joven que inicie una actividad económica o profesional como persona trabajadora autónoma por cuenta propia, mantenga esta actividad y permanezca en situación de alta en los regímenes especiales de trabajadores autónomos (RETA), de trabajadores del mar o de la minería del carbón o la mutualidad correspondiente, durante un mínimo de dieciocho meses ininterrumpidos y deben estar previamente inscritas en el programa de Garantía Juvenil, en situación de inscrito beneficiario, que hayan iniciado la actividad económica desde el 20 de septiembre de 2023.

En esta convocatoria se establecen dos líneas de subvenciones a la iniciativa de autoempleo de jóvenes en el marco del Programa FSE, que son las siguientes:

Línea 1: 500.000,00 euros para actuaciones para favorecer el autoempleo de jóvenes en el marco del Programa FSE+ que tengan su domicilio fiscal y, en su caso, el centro de trabajo, ubicado en un micropueblo de Cataluña. A estos efectos, se consideran micropueblos los municipios de menos de 500 habitantes que figuren en el anexo de la presente Resolución. Se puede consultar padrón municipal de habitantes a través del siguiente enlace: https://www.idescat.cat/indicadors/?id=aec&n=15903

Línea 2: 12.500.000,00 euros para actuaciones para favorecer el autoempleo de jóvenes en el marco del Programa FSE+ que tengan su domicilio fiscal y, en su caso, el centro de trabajo ubicado en Cataluña.

No pueden acceder a esta ayuda los jóvenes que, aun cumpliendo los requisitos para acceder a esta convocatoria de ayudas, en la edición anterior a este Programa ya hayan disfrutado de la modalidad de ayudas que regulan las resoluciones de convocatorias de ayudas de los años 2017, 2018, 2019 y 2020 relacionadas con la Orden TSF/181/2017, de 27 de julio. En estas circunstancias, no podrán acceder a la ayuda, aunque presenten una nueva solicitud para una actividad económica distinta a la que obtuvo la ayuda en la convocatoria anterior.

Plazo de presentación

Los autónomos podrán solicitar, en un único formulario de solicitud, la ayuda para ambas líneas de subvención. El plazo de presentación del formulario de solicitud, con toda la documentación incluida, empezará a las 9.00 horas del primer día hábil siguiente al de la publicación de la presente Resolución, es decir, a partir del 15 de mayo de 2024, y finalizará a las 14:00 horas del día 15 de julio de 2024.

Dentro del período subvencionable de esta ayuda, la persona beneficiaria debe llevar a cabo con aprovechamiento una acción de carácter formativo o de apoyo que contribuya a la mejora en la gestión del negocio o que esté relacionada directamente con la actividad económica o profesional desarrollada .