馃懛 NUEVA SUBVENCI脫N DE LA GENERALITAT PARA EL MANTENIMIENTO DEL EMPLEO 馃懛

03/08/2020

A fecha 31 de agosto se abri贸 la convocatoria para solicitar la subvenci贸n para el mantenimiento de la plantilla de microempresas y aut贸nomos.

A continuaci贸n, les resumimos los puntos clave que les ayudar谩n a determinar si cumplen los requisitos para ser beneficiarios.

REQUISITOS:

    1. Trabajador / a aut贸noma o microempresa que ocupe hasta 10 personas trabajadoras y tengan un volumen de negocio anual o cuyo balance general anual que no supere los 2 millones de euros.
    2. Constituidas legalmente y con establecimiento operativo en Catalu帽a.
    3. Estar en situaci贸n de alta en el RETA y estar legalmente constituida (en el caso de las microempresas), antes del 14 de marzo de 2020, fecha de la declaraci贸n del estado de alarma.
    4. situaciones:
      1. Haber suspendido su actividad econ贸mica como medida derivada de la aplicaci贸n del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gesti贸n de la situaci贸n de crisis sanitaria ocasionada por la Covid -19, modificado por el Real decreto 465/2020, de 17 de marzo, y sus pr贸rrogas, o bien
      2. Haber suspendido su actividad consecuencia de haber sufrido una reducci贸n dr谩stica e involuntaria de m谩s del 75% de su facturaci贸n durante el per铆odo en que, de acuerdo con la normativa vigente, la actividad econ贸mica general haya sido suspendida, en comparaci贸n con el mismo periodo del a帽o anterior, a consecuencia de los efectos de la Covid-19.
    5. Si se ha dispuesto de otras ayudas, informar.

En un primer momento, se determinar谩 mediante declaraci贸n responsable que se cumple con estos requisitos espec铆ficos y con los generales.

CUANT脥A DE LA SUBVENCI脫N:

Se pagar谩 un m贸dulo de 4.369,05 euros por trabajador, con un m谩ximo de 3 trabajadores/as (13.107,15 euros)

Documentaci贸n acreditativa:

Juntamente con la solicitud cumplimentada se deber谩 presentar una breve memoria explicativa de la actividad subvencionable donde se identifiquen el centro o centros de trabajo en los que se desarrolla la actividad de la entidad beneficiaria y actividad desarrollada e identificaci贸n de las personas trabajadoras que estuvieran formando parte de su plantilla en el d铆a antes de la declaraci贸n del estado de alarma, de acuerdo con modelo normalizado.

  • En determinados casos se deber谩 anexar m谩s documentaci贸n.

Finalmente, debe tenerse en cuenta que el plazo para solicitarla es hasta el 30 de septiembre o hasta agotar el presupuesto.