Inicio del período para la presentación de la declaración de la RENTA 2017

30/03/2018

Os informamos que el dia 4 de Abril se inicia el periodo para la presentación de la declaración de la renta 2017. El plazo para la presentación de la declaración finaliza el próximo 2 de Julio.

Como  NOVEDADES y hechos destacables de este año destacaría las Cláusulas Tierra, las deducciones por inversiones empresariales, la transmisión de derechos de subscripción, el mantenimiento en la tributación de los rendimientos del ahorro y recordaros la desgravación de los donativos o donaciones a entidades. Haremos también un recordatorio de las principales desgravaciones autonómicas catalanas.

A los Angeles inversores o BUSINESS ANGELS recordaros que en Catalunya hay una deducción por adquisición de acciones o participaciones sociales de empresas nuevas o de reciente creación: 30% con carácter general o 50% en el caso de empresas participadas o creadas por universidades o centros de investigación.

Debido a la baja retribución del dinero o del pago de intereses por los depósitos bancarios, deberíamos tener en cuenta la posibilidad de hacer inversiones empresariales. Al final las empresas son ecosistemas muy importantes en la creación de valor de la sociedad y si ésta nos va bien podremos obtener una rentabilidad mayor.

 

CLAUSULAS SUELO:

El importe recibido por las cláusulas Suelo sólo se declarará en el caso que os hubierais  deducido como gasto el importe de la hipoteca.

En el caso que dentro del año 2017 se haya llegado a un acuerdo con el banco, arbitraje o sentencia se deberá regularizar e incluir dentro de la renta del 2017 o bien hacer complementaria de las rentas de los últimos 4 años.

La tributación será diferente en el caso que hayáis recibido una cantidad o bien si el banco ha destinado el dinero a amortizar el préstamo.

 

TRANSMISIÓN DE DERECHOS DE SUSCRIPCIÓN:

A partir del 1 de enero de 2017 el importe obtenido por la transmisión de derechos de suscripción procedentes de valores admitidos a negociación en alguno de los mercados regulados de valores definidos en la Directiva 2004/39/CE tendrá la calificación fiscal de ganancia patrimonial para el transmitente.

 

DEDUCCIONES POR INVERSIONES EMPRESARIALES:

Los contribuyentes del IRPF que realicen actividades económicas, empresariales o profesionales, se podrán aplicar deducciones en la cuota del irpf. Se incrementa el importe  de las deducciones por gastos de producción y exhibición de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales (20%)

                                                                 

RENDIMIENTOS DEL AHORRO:

Recordaros también que la tributación de los rendimientos del ahorro o rendimientos del capital y ganancias y pérdidas patrimoniales (ventas de inmuebles, bienes muebles, depósitos bancarios...): los primeros 6000€ tributan al 19%, los siguientes 44.000€ al 21% y a partir de 50.000€ el 23%.

 

DONATIVOS, DONACIONES O APORTACIONES:

I finalmente comentaros que todos los que hayáis hecho donaciones a entidades sin ánimo de lucro reconocidas: por los primeros 150€  os podréis deducir el 75%, a partir de 150€ un 30% o un 35% para aquellos contribuyentes que hayan hecho la misma o superior donación a la misma entidad los dos años anteriores.

 

DEDUCCIONES AUTONÓMICAS EN CATALUNYA:

  1. Por nacimiento o adopción de un hijo o hija: 150€
  2. Alquiler de la vivienda: 10% hasta un límite de 300€ anuales con el cumplimiento de determinados requisitos.
  3. Para los contribuyentes que hayan quedado viudos en los ejercicios 2015, 2016 y 2017: 150€ con carácter general y 300€ si el viudo o viuda tiene a su cargo uno o mas descendientes.
  4. Para rehabilitación de la vivienda habitual: 1,5%
  5. BUSINESS ANGELS: Adquisición de acciones o participaciones sociales de empresas nuevas o de reciente creación: 30% con carácter general o 50% en el caso de empresas participadas o creadas por universidades o centros de investigación.