Fase 3 🗺️

15/06/2020

A 15 de junio, la provincia de Girona ha entrado en la fase 3 de la desescalada. A continuación, realizamos un breve resumen de qué novedades se han incorporado en esta nueva orden ministerial.

Empresas y teletrabajo

Sigue la prioridad y el fomento por la continuidad del teletrabajo, cuando la actividad lo permita. No obstante, las empresas podrán elaborar protocolos de reincorporación presencial siempre que incluyan:

  • Recomendaciones sobre el uso de los equipos de protección adecuados a el nivel de riesgo,
  • Medidas de seguridad a aplicar
  • La posibilidad, en su caso, de una vuelta al trabajo con horario escalonado
  • Una política de conciliación de la vida laboral y familiar.

Establecimientos y locales comerciales al por menor

Los establecimientos y locales comerciales al por menor y de actividades de servicios profesionales que, con independencia de su superficie útil de exposición y venta, abren al público deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Que se reduzca al 50% del aforo total en los establecimientos y locales. Si se dispone de varias plantas, la misma proporción en cada una.
  • En cualquier caso, se deberá garantizar una distancia mínima de dos metros entre clientes.
  • Sigue vigente la obligación de realizar al menos dos veces a el día, una limpieza y desinfección de las instalaciones, con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes.

Centros comerciales

Los centros y parques comerciales, incluidas sus zonas comunes y recreativas, que garanticen el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  • Que, de acuerdo con los aforos determinados en el Plan de Autoprotección de cada centro o parque comercial, se limite el aforo de sus zonas comunes y recreativas al cuarenta por ciento.
  • Que se limite al 50% del aforo en cada uno de los establecimientos y locales comerciales situados en ellos.
  • Que se garantice, en todo caso, la distancia interpersonal de dos metros y se eviten las aglomeraciones de personas.
  • Se cumplan las medidas de higiene establecidas para los establecimientos y locales comerciales minoristas, además de las específicamente previstas.

Bares y restaurantes

  • Se puede proceder a la apertura a público de los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, siempre que no se supere el 50% de su aforo. Para el caso de los locales de discoteca y bares de ocio nocturno, el aforo se reducirá al 30%.
  • El consumo dentro del local podrá realizar sentado en la mesa, o agrupaciones de tablas, preferentemente mediante reserva previa. Se debe asegurar el mantenimiento de la debida distancia física de dos metros entre las mesas o en su caso, agrupaciones de tablas.
  • Estará permitido el consumo en barra siempre que se garantice una separación mínima de dos metros entre clientes o, en su caso, grupos de clientes.
  • Se puede proceder a la apertura al público de las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería y restauración limitándose el aforo al 75% de las mesas permitidas en el año anterior.

Hoteles y alojamientos turísticos

Los hoteles y alojamientos turísticos podrán proceder a la reapertura en el público de las zonas comunes, la de establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales, pero con el límite del 50% de su aforo máximo y bajo medidas de higiene, protección y distancia adecuados.

Congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos

Se permitirá la realización de congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos promovidos por cualquier entidad de naturaleza pública o privada, sin superar en ningún caso la cifra de ochenta asistentes.

En todo tipo de congresos, cuando no se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre los asistentes a estas actividades, así como la de los trabajadores que presten sus servicios en y para las mismas, se deberá disponer de equipos de protección adecuados al nivel de riesgo, asegurando el desarrollo de estas actividades en condiciones óptimas, distanciamiento social, limpieza y desinfección de los locales e instalaciones donde se desarrollen las mismas

Movilidad

Vehículos de hasta 9 plazas:

  • Privados: Si todos viven en el mismo domicilio habitual, se pueden utilizar todas las plazas. Si no conviven en el mismo domicilio, dos plazas por cada hilera.
  • Públicos: Dos personas por cada fila. Si todos conviven en el mismo domicilio, tres personas por cada fila.
  • Vehículos pesados: Dos personas en la cabina.
  • Motocicletas y ciclomotores: Se permite que viajen dos personas, siempre que dispongan de guantes.