Los aut贸nomos societarios pueden, por fin, acogerse a la Tarifa Plana. Hasta ahora s贸lo era accesible a trabajadores por cuenta propia que se dieran de alta como persona f铆sica.
Esta ampliaci贸n de la tarifa plana, da respuesta a una serie de pronunciamientos judiciales realizados por el Tribunal Supremo.
Este nuevo criterio conlleva que aquellos aut贸nomos a quienes no se les aplicara la tarifa plana en su momento, tienen derecho a que se revise y, en determinados casos, se les devuelva un importe que, en promedio oscilar铆a entre los 3000 - 4000 euros.
Para ello, deben solicitarlo de forma expresa a la Seguridad Social. Y es que, adem谩s de aplicarse a partir de ahora en todas las nuevas altas, tambi茅n se estimar谩n los recursos de alzada que est茅n pendientes de resoluci贸n.
Casos en los que proceder谩:
A partir del 8 de septiembre, las personas que se den de alta en el r茅gimen de aut贸nomo societario tendr谩n reconocida esta tarifa de manera autom谩tica.
Ahora bien, y si se dio de alta con anterioridad al 8 de septiembre?
Podr谩n reclamar los ingresos indebidos, aquellos aut贸nomos societarios a quienes no se les aplicara la tarifa plana y se hubieran dado de alta los 煤ltimos 4 a帽os. (Pues la reclamaci贸n por ingresos indebidos prescribe a los 4 a帽os)
Sin embargo, lo podr谩n reclamar aquellos aut贸nomos societarios que se dieran de alta antes de estos 4 a帽os (antes de septiembre de 2016) y:
- hubieran solicitado la tarifa plana y se les denegara
- o a煤n no hayan obtenido una resoluci贸n.
Como reclamarlo?
Hay que reclamar directamente a la Seguridad Social. AQU脥 encontrar谩n el enlace al documento que deber谩n cumplimentar e informaci贸n adicional puesta a su disposici贸n por la TGSS.
Si tienen alguna duda al respecto pueden ponerse en contacto con nosotros para examinar su caso y aconsejarles con los pasos a seguir en su reclamaci贸n.